Ayudamos a otra clienta de Madrid a conseguir el perdón de todas sus deudas aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad

En nuestro despacho, ayudamos a nuestra clienta, María, a conseguir el perdón de sus deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad en Madrid. María era propietaria de un pequeño negocio de venta de ropa, que se había visto afectado por la crisis económica y no pudo hacer frente a sus deudas. Estaba completamente desesperada y no sabía qué hacer.

Nosotros le explicamos que la Ley de la Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite a las personas físicas y autónomos cancelar sus deudas y comenzar de nuevo. Le asesoramos durante todo el proceso y conseguimos que el juez aceptara su solicitud, y le perdonara las deudas que le afectaban.

Al ser un concurso de acreedores en el que la clienta no tenía bienes, el procedimiento fue muy rápido.

Os facilitamos la resolución del juzgado mediante la cual el juez perdona las deudas de nuestra clienta.

Gracias a nuestro trabajo y al amparo de la ley, María ha visto exoneradas sus deudas y ha podido empezar de nuevo sin el peso de las mismas. Ahora, su negocio ha vuelto a despegar y está creciendo de nuevo. María nos ha agradecido enormemente nuestra ayuda y confianza, y estamos muy orgullosos de haberle brindado una solución que le permitió recuperar la estabilidad económica y emocional. Si tú también necesitas ayuda para superar tus deudas, no dudes en contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

CASO DE ÉXITO. NUEVA EXONERACIÓN TRAS TRAMITAR EL CONCURSO SIN MASA

¿Puedo liberarme de las deudas con la segunda oportunidad?

Aprovechamos una de nuestras últimas resoluciones para responder, y es que efectivamente se pueden cancelar todas las deudas si se cumplen los requisitos establecidos en la normativa concursal.

  • En este caso, nuestro cliente se beneficia de esta nueva ley y se exonera completamente de pagar toda la deuda que se le había acumulado.

¿Cuánto dura el procedimiento con la nueva ley de segunda oportunidad?

El plazo medio del procedimiento está en torno a los 8 meses si el deudor no tiene patrimonio, y varía dependiendo de la carga de trabajo y situación del juzgado al que corresponde su tramitación.

Nuestro despacho se encarga de agilizar todo lo posible la tramitación de los asuntos que se nos encomienda, reduciendo en todo lo posible los plazos de duración con el objetivo de que los procesos finalicen lo antes posible.

  • En este caso concreto, el concurso se declaró en fecha 23 de noviembre de 2022, y la resolución que pone fin al proceso se produjo el 13 de febrero de 2023.

¿Cómo saber si puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad?

Hay que tener varios factores en cuenta. A través de este enlace puedes ver los requisitos que la norma exige:

Sin embargo, lo mejor es que te pongas en contacto con nosotros o un despacho especializado en la materia, que analice tu situación y caso concreto. Nuestro despacho ofrece este estudio previo de forma gratuita y sin compromiso.

  • En el caso concreto de éxito que hoy referimos, el cliente no tenía vivienda ni vehículo propio, y sus deudas superaban los 15.000 euros, por lo que pudo acogerse a la segunda oportunidad y terminar con la exoneración completa de la deuda.

¿Pueden reclamarme una vez termine el proceso de segunda oportunidad?

No. La propia resolución judicial recoge el carácter definitivo de la exoneración de la deuda, por lo que ningún acreedor puede reclamar nada ni mantener al beneficiario en ficheros de morosos.

El cliente dispondrá de una resolución judicial, similar a la de este caso, que le reconoce el perdón de toda su deuda y le salvaguarda de cualquier reclamación posterior.

En caso de que algún acreedor reclame indebidamente, se podrá defender y solicitar la condena en costas a favor de nuestros clientes, incluso indemnizaciones si se incluye en ficheros de morosos.

  • Puedes acceder a la resolución que acuerda la exoneración total y definitiva a uno de nuestros clientes a través del siguiente enlace:

https://www.paunerojeronimo.es/wp-content/uploads/2023/04/AUTO-CONCLUSION-Y-BEPI.pdf

CONSEGUIMOS LA NULIDAD DE UNA HIPOTECA EN UN PROCESO CONTRA THAMES INTERNATIONAL 

En esta ocasión, venimos a contaros un caso de éxito de especial relevancia que nos llena de orgullo, pues hemos solucionado un problema a una familia que se encontraba absolutamente ahogada por una hipoteca carísima.

INTRODUCCIÓN:

Una familia se pone en contacto con el despacho, para informarnos de un problema con la hipoteca que grava su vivienda.

Inicialmente, los clientes formalizaron la citada hipoteca con la entidad GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, S.A. pactándose un tipo de interés anual para el periodo fijo (primer año) del 9,6%. TIN, y para el periodo variable: EURIBOR + 4,85%, lo que correspondía a una TAE del 10,5%.

El crédito fue posteriormente cedido a la empresa Otagaz Gestión Hipotecaria SLU, y finalmente, a la entidad THAMES INTERNATIONAL SARL, gestionada por Pepper.

Y, ¿quién es Thames International?; pues se trata de un fondo que se dedica a comprar deuda para proceder luego a cobrarla ella misma, estaría dentro de los conocidos fondos de recobro de deuda

El problema que nos plantearon estos clientes, fue, en resumen, que tras haberles prestado 115.000 € y haber devuelto 106.507 €, si quisieran cancelar la hipoteca, debían pagar nada menos que otros 98.868,03€, lo que implicaría que acabarían pagando205.375,62€ en total.

ANALISIS DEL PROBLEMA PLANTEADO:

A la vista de la situación que se nos ponía de manifiesto, realizamos un análisis de la escritura hipotecaria, percatándonos de que la misma imponía un tipo de interés altísimo, en concreto, y como ya hemos explicado, aplicaba una TAE del 10,5%. Esta era la razón por la que les exigían tan elevado importe para cancelar la misma.

SOLUCIÓN:

A la vista de tal situación, desde el despacho consideramos que la mejor manera de ayudar a esta familia, era demandar a THAMES INTERNATIONAL, solicitando la nulidad de la hipoteca en cuestión en aplicación de la Ley de Represión de la Usura, por haberse pactado unos intereses absolutamente excesivos, que debían reputarse usurarios.

De este modo, procedimos a redactar la demanda y a presentarla en el juzgado, tramitándose el correspondiente juicio.

Tras 8 meses de espera, finalmente, hemos recibido la resolución judicial, COMPLETAMENTE FAVORABLE a los intereses de nuestros clientes. Tras haber sido anulada la hipoteca, los clientes se han ahorrado casi 100.000 euros, además de que su vivienda ya no responderá de la deuda.

Esta resolución, que acuerda la nulidad de un contrato de un préstamo hipotecario, resuelve de forma pionera la posibilidad de anular un contrato con garantía real sobre una vivienda.

CONCLUSIONES:

Cuando hemos contratado financiación, es importante cuestionarse si estamos pagando lo que realmente debemos pagar. Muchos contratos de financiación están plagados de cláusulas abusivas, o aplican intereses altísimos. Si no revisamos estas cuestiones, es muy probable que acabemos pagando cosas que no nos corresponden. El caso de estos clientes que acabamos de exponer, es un claro ejemplo de ello.

Desde Paunero&Jerónimo Abogados revisamos vuestros contratos de financiación sin compromiso, es posible que estés pagando más de lo que deberías.

Nueva victoria contra Fornax Capital LTD – prescripción de la deuda

Es habitual que nuestros clientes se pongan en contacto con nosotros por haber recibido una carta en reclamación de una deuda que les remite el juzgado.

Ya hemos hablado en varios artículos sobre la mejor manera de defenderse cuando recibimos una reclamación de un fondo como puede ser Fornax Capital LTD

En este artículo venimos a mostraros con un caso real, lo importante que es plantear una buena oposición a la reclamación judicial que nos han notificado.

Hace unos meses, una persona se puso en contacto con el despacho, explicándonos que había recibido una demanda mediante la que Fornax Capital LTD, le reclamaba 6.727,3 euros.

Su primera reacción fue preguntarnos si podíamos negociar con el fondo para que pudiera pagarlo poco a poco, planteándose incluso la ley de segunda oportunidad

Al analizar la reclamación, nos percatamos de que la deuda reclamada se encontraba prescrita, cuestión que pusimos de manifiesto mediante el oportuno escrito de oposición a la demanda.

Tras tramitarse el procedimiento completo, con la correspondiente vista, su señoría ha estimado que efectivamente, dicha reclamación no debe prosperar, pues la deuda se encontraba prescrita en el momento de interponer de la demanda, lo que implica que NUESTRO CLIENTE NO TENDRÁ QUE PAGAR NI UN SOLO EURO DE LO QUE SE LE RECLAMABA.

Os dejamos la sentencia aludida por si estuvierais interesados en consultarla.

Como conclusión de todo esto, es de absoluta importancia consultar con un especialista cuando recibimos este tipo de reclamaciones, pues en muchas ocasiones, es posible evitar pagar esa deuda.

Desde Paunero&Jerónimo Abogados asesoramos a personas con deudas. Si has recibido una reclamación de este tipo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, analizaremos tu caso sin compromiso.

Nuevo Cliente de Madrid consigue la exoneración de todas sus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad

Clienta de Madrid consigue la exoneración de todas sus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad

De nuevo os anunciamos que una clienta consigue recuperar su vida dejando atrás todas sus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad.

Como en otras ocasiones, esta mujer se puso en contacto con el despacho por ser imposible para ella hacer frente a las cuotas de sus préstamos, y ello como consecuencia de haberse quedado sin trabajo.

En primer lugar, tratamos de negociar con las entidades bancarias. Intento que se vio frustrado por ellas, al mostrar su negativa a la propuesta que les hicimos llegar.

En este punto, decidimos presentar la solicitud de concurso de acreedores en el juzgado competente.

Al ser un concurso de acreedores en el que la clienta no tenía bienes (https://www.paunerojeronimo.es/ley-de-segunda-oportunidad-concurso-sin-masa), fue un procedimiento bastante ágil, que culminó finalmente con la exoneración de todas las deudas de la clienta, en total, caso 40.000€.

Os facilitamos el enlace a la resolución del juzgado mediante la cual le fueron exoneradas todas las deudas a nuestra clienta.

Si te encuentras en una situación en la que no puedes hacer frente a tus deudas, ponte en contacto con Paunero&Jerónimo Abogados. Tu problema tiene solución y nosotros podemos ayudarte.

Puedes acceder a la resolución a través del siguiente enlace:

https://www.paunerojeronimo.es/wp-content/uploads/2022/11/Auto-exoneracion-del-pasivo-insatisfecho-anonimizado.pdf

Clientes de Madrid logran la exoneración de todas sus deudas por importe superior a 50.000 euros; con la aplicación del procedimiento de ley de segunda oportunidad

Registros de morosos

Nuevo caso de éxito en nuestro despacho. En este caso se trata de una pareja localizada en el municipio de Alcalá de Henares.

Nuestros clientes, tras una situación complicada en la que la familia no recibía ingresos como causa de la pérdida de empleo, empezó a pedir financiación de forma recurrente, y a cubrir las cuotas de las deudas antiguas contratando nuevos créditos, lo que irremediablemente los llevó a una situación de insolvencia.

Este caso es peculiar, pues tras contratar los clientes con una de las tantas empresas que llevan procedimientos de ley de segunda oportunidad en masa, se percataron de que las cosas no iban como ellos esperaban, la atención era pésima, y el procedimiento no avanzaba, lo que les obligó a buscar una alternativa, en este caso, nuestro despacho Paunero&Jerónimo Abogados de Segunda Oportunidad.

Sobre la decisión de que abogado contratar para acogerte a la ley de la segunda oportunidad, puedes consultar este artículo: ¿Cómo elegir el abogado apropiado para la Ley de Segunda Oportunidad?

Tras analizar su caso, decidimos aceptar el encargo ya iniciado.

Una vez tramitadas todas las fases del concurso, un año y medio después de empezar, estos clientes han recibido la grata noticia de que ya no tienen deudas, y podrán iniciar una nueva vida sin tener que preocuparse de embargos, demandas o inclusiones en registros de morosos.

Si te interesa esta última cuestión, puedes consultar el siguiente artículo:

¿Cómo saber si estoy en la lista de morosos ASNEF?

O este otro: Me he acogido al procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad y sigo incluido en ASNEF ¿Qué puedo hacer?

Me he acogido al procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad y sigo incluido en ASNEF ¿Qué puedo hacer?

Y así reaccionaron los clientes cuando se les comunicó la noticia.

Lo recomiendo 100%, son unos profesionales, ante todo la cercanía que tienes con ellos, después de un largo camino llegó el día que Cesar nos dio la gran noticia que teníamos la exoneración y gracias a ellos y a su gran trabajo tenemos un nueva vida.”

Para que podáis consultarlo, os facilitamos la resolución judicial que concede la exoneración de las deudas a nuestros clientes.

Resolución judicial Auto exoneración pasivo insatisfecho

Si te encuentras agobiado por las deudas, y quieres buscar una nueva vida sin ese lastre, ponte en contacto con nosotros, tu problema tiene solución.

Clienta madrileña consigue el perdón de todas sus deudas por un importe total de 33.758,32 euros acogiéndose a la Ley de la Segunda Oportunidad

Nuevo cliente que consigue dejar atrás todas sus deudas y puede empezar una nueva vida sin ese lastre económico.

Como es costumbre en este despacho, transcribimos la reacción de nuestro cliente al recibir la noticia de que todas sus deudas han sido perdonadas:

Hace unos meses, cuando empezamos nuestros trámites para acogerme a La Ley de la segunda oportunidad, dudaba, si realmente llegaríamos a la exoneracion de las dudas…. Pues bien, por fin, después de mucho trabajo de este gran equipo, mi caso ha llegado a su fin y he quedado libre de todas mis deudas. Gracias , gracias y mil millones de gracias por vuestro trabajo, habéis cambiado mi vida.”

La historia de nuestra clienta es la historia de una persona emprendedora, que levantó un negocio destinado a la venta de ropa. Tras varios años explotándolo, se topó con las distintas crisis que hemos sufrido en este país, las cuales impactaron directamente en su negocio, viéndose en la necesidad de pedir financiación para cubrir gastos ordinarios como comida y alquiler de vivienda.

Nuestra protagonista intentó en numerosas ocasiones negociar con las distintas entidades financieras para pagar de forma fraccionada sus deudas, negociaciones todas ellas infructuosas por la negativa de las citadas empresas.

Las deudas fueron vendiéndose a fondos buitre que le reclamaban las mismas insistentemente vía telefónica y vía mail. En este momento de desesperación, se puso en contacto con nuestro despacho que, tras analizar su caso, inició los trámites para que la clienta se acogiera a la ley de la segunda oportunidad.

Tras los distintos trámites que implica el procedimiento, y un año y dos meses de paciente espera, nuestra clienta ha recibido la tan ansiada noticia, EL AUTO DE EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO.

Os facilitamos el enlace a la resolución del juzgado por si quisiera consultarse: VER RESOLUCIÓN DEL JUZGADO

Esta resolución judicial, no solo protege a la clienta de nuevas reclamaciones, sino que le va a permitir salir de los ficheros de morosos.

Si te ves inmerso en una situación de sobrendeudamiento, ponte en contacto con Paunero&Jerónimo Abogados de Segunda Oportunidad, revisaremos tu caso sin compromiso y de forma gratuita.