El procedimiento de ley de segunda oportunidad, en su fase inicial, o de solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos, requiere de la recopilación de varios documentos necesarios para la presentación de la solicitud.
Uno de ellos, es el certificado de antecedentes penales, que se aporta con el objetivo de acreditar uno de los requisitos que exige la ley, concretamente el no tener antecedentes por delitos socioeconómicos, contra el patrimonio, de falsedad documental, contra los derechos de los trabajadores o contra la Seguridad Social y la Hacienda Pública.
Para conseguir este certificado, existen varias alternativas. Es posible hacerlo de forma presencial o de forma telemática. En la segunda opción, previa obtención del certificado digital o de la clave pin, para poder identificarte correctamente frente a la administración.
- Modalidad presencial: En primer lugar, deberás haber impreso el modelo 790 (el cual puedes descargar directamente de internet). Llevar ese documento al Banco para realizar el abono de la tasa (unos 4 euros) y que procedan a su sellado. Posteriormente, deberás personarte con el citado documento y tu DNI en una de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Actualmente es requisito indispensable solicitar cita previa.
- Modalidad telemática: Una vez hayas obtenido tu certificado digital o tu clave pin, deberás acceder a la web oficial, validarte, abonar la tasa on line, y en un periodo reducido de tiempo (en unos casos es automático y en otros puede tardar incluso un día), podrás descargar tu certificado, de nuevo previa validación de tu identidad.
Aplicando estas indicaciones, lograrás obtener tu certificado de antecedentes penales de forma rápida y certera. Consulta con nuestros abogados penalistas en Madrid.