Es habitual que, en alguno momento, las personas opten por suscribir un contrato de tarjeta de crédito, ya que las entidades bancarias ofrecen este producto como algo muy beneficioso que permite el pago aplazado de las compras y disposiciones.
Sin embargo, muchas de estas tarjetas, tienen intereses, comisiones y penalizaciones que son abusivas y desproporcionadas. Nuestra normativa recoge diversas herramientas que amparan y protegen los derechos de los consumidores, que permiten mejorar su situación económica o solventar la deuda pendiente.
1.- Como cancelar deuda de tarjeta de crédito
Para cancelar la deuda, hay dos posibles opciones, que habrá que analizar según la situación personal del cliente:
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Acogerse a la ley de segunda oportunidad.
Si el usuario de la tarjeta está sobreendeudado con varios productos financieros o deudas que no puede pagar, puede acogerse a este proceso que termina con la cancelación de todas las deudas. Tienen la información detallada en:
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Solicitar la nulidad de la tarjeta de crédito.
Esta posibilidad surge cuando la tarjeta (de crédito, tipo revolving, etc…) o el préstamo suscrito aplica unos intereses muy elevados y desproporcionados. Si es el caso, se puede anular el contrato en aplicación de la ley de usura y cancelar la tarjeta de crédito, lo que implica que el cliente solo tendrá que devolver el capital que le prestaron, sin ningún tipo de interés. Esto supone que, en muchos casos, la financiera vendrá obligada a devolver dinero al cliente por todo lo pagado de más. Tienen la información detallada en:
2.- Saldar deuda tarjeta de crédito
Si no es posible cancelar la deuda de la tarjeta de crédito con las opciones anteriores, es posible llegar a un acuerdo con el acreedor para saldar la deuda de la tarjeta de crédito. Nuestro despacho está especializado y tiene las herramientas suficientes para negociar acuerdos que sean beneficiosos para nuestros clientes, y así saldar la deuda mediante pagos fraccionados y/o quitas de lo debido, y cancelar tarjetas de crédito.
3.- Dar de baja tarjeta de crédito
En la mayoría de ocasiones, cuando acudimos a nuestro banco a dar de baja la tarjeta de crédito, la entidad nos niega la operación. Esto sucede porque existe deuda pendiente de pago, en la mayoría de ocasiones debido a los altos intereses y comisiones que están aplicando.
Dicho lo anterior, para dar de baja la tarjeta, debemos cancelar la deuda primero. Para ello, antes de pagar cantidades que pueden ser abusivas, es importante revisar las opciones que comentamos en los puntos anteriores, ya que es posible cancelar la deuda de la tarjeta de crédito de varias formas.
4.- Que pasa si no pagas una tarjeta de crédito
En caso de impago de una tarjeta de crédito, la entidad bancaria (o gestores de recuperación de deuda), es posible que lleven a cabo las siguientes actuaciones:
- Acoso telefónico, por correo, sms e incluso whatsapp.
- Inscripción en ficheros de morosos.
- Reclamación judicial de la deuda.
En muchas ocasiones, no está justificado que el banco lleve a cabo las citadas actuaciones, bien por no cumplir los requisitos exigidos o bien porque la deuda es inexistente o controvertida.
Nuestro despacho, está especializado en asesorar a personas con deudas, por lo que somos plenamente conocedores de este tipo de actuaciones, así como de las herramientas y posibilidades que existen para evitar que se produzcan, o, si ya se han producido, que nos indemnicen si se han realizado de forma indebida o ilegal.
Si tienes o has tenido financiación, o tienes una deuda pendiente, nuestros abogados te atenderán y revisarán tu situación sin compromiso, a fin de que puedas conocer las posibilidades que existen para mejorar o solventar la situación.
Graduado en Derecho en la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Carlos III de Madrid, actualmente abogado colegiado del Ilustre Colegio de abogados de Madrid y administrador concursal.
Socio fundador de Paunero & Jerónimo Abogados , donde ha desarrollado su trayectoria profesional asesorando tanto a personas físicas como jurídicas a buscar la mejor solución para resolver su situación de insolvencia.
Hasta la actualidad miles de personas han sido asesoradas por este letrado para ver canceladas o restructuradas sus deudas en aplicación de la ley de segunda oportunidad y otros recursos que nos ofrece la legislación concursal.