La importancia del acuerdo extrajudicial de pagos en el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad

Como hemos explicado en artículos anteriores, intentar un acuerdo extrajudicial de pagos es la primera fase del procedimiento de ley de segunda oportunidad. Dicho trámite, es por imperativo de la ley, la manera tasada que tiene el deudor para acreditar su buena fe en el procedimiento.

Esta fase tiene una importancia vital por dos razones:

Por su utilidad para dar una solución real al cliente

Se trata de una herramienta muy eficaz para solucionar la situación de insolvencia que atraviesa el cliente sin necesidad de entrar en situación de concurso de acreedores, manteniendo en consecuencia su patrimonio intacto.

La ley nos da la posibilidad de proponer un acuerdo a nuestros acreedores, que si es aceptado por las mayorías suficientes (voto favorable del 60% de los acreedores en el caso de que se propongan quitas iguales o inferiores al 25% con esperas de un máximo de 5 años, o el voto a favorable del 75% del pasivo en el resto de las propuestas) el resto de los acreedores vendrán vinculados por ella, sin otra alternativa que acatar la propuesta aprobada.

En el caso de ser aprobado el plan de pagos, es importante puntualizar, además, que los acreedores deberán sacar a esta persona de los registros de morosos desde el momento de su aprobación. En Paunero Jerónimo somos especialistas en ley de segunda oportunidad en Madrid

Como requisito para que el deudor consiga la exoneración de las deudas en el concurso de acreedores

Una vez descartada la posibilidad de que el acuerdo salga adelante por imposibilidad de conseguir los apoyos suficientes, debemos tener muy en cuenta, que para que el requisito de haber intentado el acuerdo extrajudicial de pagos despliegue sus efectos en el seno del procedimiento concursal, a efectos de acreditar la buena fe del deudor, debe ser un intento real, lo que se traduce en ofrecer una propuesta que objetivamente sea el fruto de un esfuerzo, por parte del deudor, para hacer frente a la parte de las deudas que le sea posible teniendo en cuenta sus ingresos. 

De este modo, todo acuerdo extrajudicial de pagos frustrado, que no contenga unas quitas o esperas adecuadas a los ingresos del concursado, con el objetivo de pagar menos de lo que podría, corren el riesgo de no ser validas para obtener la exoneración de las deudas cuando finalice el procedimiento concursal.

La conclusión de este breve artículo es la importancia que debe atribuirse a esta fase del procedimiento, pues la misma puede ser de gran utilidad si se utiliza correctamente o un gran problema para el concursado en caso contrario.

Consigue una quita del 35% y salva su vivienda

Nuestro despacho ha conseguido recientemente un nuevo éxito, nuestro cliente consigue una quita del 35% y salva su vivienda en la aplicación del procedimiento de ley de segunda oportunidad para solucionar la situación de sobrendeudamiento de uno de nuestros clientes.

Nuevo caso de exito de Paunero & Jeronimo abogados

Nuestro cliente consigue una quita del 35% y Salva su vivienda

En este caso, se puso en contacto con nosotros una persona que se veía afectada por un importe total de deudas de 60.000 € aproximadamente, todas ellas contraídas con Bancos y entidades financieras.

Esta persona, junto a su mujer, tenía una vivienda en propiedad, gravada con una hipoteca que arrojaba un importe pendiente menor que el valor del inmueble, razón por la que nuestro objetivo se centró en conseguir alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, favorable para el cliente, lo que supondría que no pondríamos en riesgo la vivienda en un eventual concurso de acreedores posterior.

Después de nombrarse mediador concursal, propusimos a los acreedores un acuerdo que consistía en aplicar una quita del 35% sobre los créditos, y una espera de 6 años, condiciones necesarias para que el cliente pudiera hacer frente al acuerdo con sus ingresos.

Tras numerosos contactos de nuestros abogados con los acreedores, finalmente, conseguimos los apoyos suficientes para sacar adelante el acuerdo. De esta manera, el cliente consiguió ahorrase 21.000 €, y salvar su vivienda de una liquidación posterior, solucionado de forma definitiva sus problemas de insolvencia.

Si quieres conocer más detalles sobre la posibilidad de salvar tu vivienda, te recomendamos la lectura de este otro artículo. salvar tu vivienda, una vez iniciada la fase de concurso de acreedores.

Paunero & Jerónimo Abogados