Ley de segunda oportunidad: ¿es una solución al sobreendeudamiento?

Nociones básicas sobre la ley de Segunda Oportunidad

La ​Ley de la Segunda Oportunidad recoge un nuevo proceso (en vigor desde 2015) que permite a una persona, en situación de solvencia, llegar a una solución que le permita rehacer su vida, bien reduciendo considerablemente sus deudas o bien cancelando la totalidad de las mismas.

Por tanto, a la pregunta ¿ES UNA SOLUCIÓN AL SOBREENDEUDAMIENTO? Si estás en situación de insolvencia, esto es, tus deudas son superiores a tu patrimonio de tal forma que no puedes hacer frente a las mismas, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser la solución final a tus problemas de sobreendeudamiento.

¿En qué fases está dividido este proceso?

  • ACUERDO EXTRAJUDICICAL DE PAGOS: la primera fase es intentar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. En esta fase, se pone en una balanza el importe de las deudas y su capacidad económica del cliente, y hacemos una propuesta de acuerdo de pagos con una quita (que llegan incluso al 80 %) y esperas (de hasta 10 años), cuyo resultado sea una cuota asequible para el deudor, respetando siempre los gastos necesarios para que podamos mantener un nivel de vida adecuado y pagar la deuda resultante de forma cómoda a lo largo de los años.
  • CONCURSO DE ACREEDORES CONSECUTIVO: En caso de que los acreedores no hayan aceptado el plan de pagos que proponemos, se iniciará un procedimiento judicial denominado concurso consecutivo. En esta fase del proceso, se liquida nuestro patrimonio (en caso de que el deudor tuviese bienes susceptibles de liquidación), y lo obtenido se pone a disposición de los acreedores. Una vez se concluye el concurso, se procederá a solicitar la exoneración de todas las deudas que no hayamos podido pagar, tal y como recoge esta nueva normativa.

En definitiva, la ley de segunda oportunidad se convierte en la solución definitiva para las personas físicas que estén en una situación de solvencia, pues:

  • Bien se llega a un acuerdo que necesariamente se reduce drásticamente la deuda, quedando una cuota mínima y cómoda que le permite hacer frente al resto de gastos ordinarios.
  • O bien se consigue la EXONERACIÓN TOTAL DE LA DEUDA PENDIENTE, tras concluir la fase de concurso consecutivo que establece el proceso.

Una vez se concluya el proceso por cualquiera de las vías, ningún acreedor podrá seguir reclamándole deuda alguna, dejando de ser considerado deudor y saliendo de cualquier fichero de morosos. https://www.paunerojeronimo.es/registros-de-morosos-y-ley-de-segunda-oportunidad

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para acogerse a este procedimiento y lograr cancelar todas tus deudas, debes cumplir ciertos sencillos requisitos que están al alcance de cualquier persona en situación de insolvencia:

  • No tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos, contra el patrimonio, de falsedad documental o contra los derechos de los trabajadores.
  • Que tus deudas no superen los 5 millones de euros

En caso de cumplir estos requisitos, prácticamente al alcance de cualquier persona, puedes acogerte a esta novedosa normativa que concede al deudor insolvente una segunda oportunidad.

Conclusión

Si tienes deudas, sea cual sea su importe o naturaleza, nos encargamos de buscar la mejor solución, ofreciendo todas las alternativas y posibilidades con la garantía de un despacho especializado en cancelación de deudas.

Por último, hemos de tener en cuenta que la ley de segunda oportunidad tiene particularidades cuando parte de la deuda es de “derecho público”. Os facilitamos un enlace con información de interés sobre la exoneración de deudas.

Igualmente, en caso de que tengas en propiedad una vivienda, te recomendamos la lectura del siguiente post sobre cómo salvar tu vivienda.

Paunero & Jerónimo Abogados