Últimamente hemos recibido varias consultas de clientes que han contratado varios préstamos con esta empresa, que se caracteriza por dar préstamos rápidos de cantidades no muy elevadas.
¿Quién es APLAZAME SL?
La actividad de Aplazame consiste en dar financiación a los consumidores que la adquieran normalmente en comercios electrónicos, pagando directamente a dichos comercios el precio del producto o servicio adquirido, y cobrando posteriormente el precio al consumidor en forma de cuotas aplazadas con el correspondiente tipo de interés, que en muchas ocasiones es elavado.
He recibido una demanda de monitorio de APLAZAME SL ¿Qué puedo hacer?
Si has recibido una reclamación judicial por parte de esta entidad, debes tener en cuenta que tienes la posibilidad de oponerte a la misma, pues existen numerosas razones para hacerlo, como por ejemplo la usura en los intereses aplicados, la abusividad de algunas de sus cláusulas, entre otras…
¿Puedo reclamar a Aplazame SL?
Además, nos encargamos de revisar TODOS los contratos suscritos con esta entidad, puesto que en muchas ocasiones aplican intereses desproporcionados que pueden ser calificados de usura.
¿Qué es la usura?
En España, la usura está regulada por la Ley de Represión de la Usura de 1908, que establece límites legales para las tasas de interés en los préstamos y prohíbe las prácticas de usura. Según esta ley, se considera usura cualquier préstamo en el que se cobre un interés notable superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado a las circunstancias.
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El artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura establece que:
«Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notable superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, sea cual fuere el tiempo por el que se haya de prestar el dinero.»
La ley establece un criterio subjetivo al utilizar la expresión «notablemente superior al normal del dinero» y «manifiestamente desproporcionado», lo que significa que los tribunales pueden analizar las circunstancias específicas de cada caso para determinar si se está incurriendo en usura. Por lo tanto, no se establece una tasa de interés máximo fija en la ley, sino que se valora cada caso individualmente.
Cuando un préstamo se considera usura según esta ley, el contrato de préstamo es nulo y no vinculante, lo que significa que el prestatario no está obligado a pagar el interés excesivo. Además, el prestamista podría enfrentar sanciones legales.
Es importante que los prestatarios en España estén informados sobre sus derechos y busquen asesoramiento legal si creen que están siendo víctimas de prácticas usureras. La Ley de Represión de la Usura está diseñada para proteger a los consumidores de tasas de interés excesivamente altas y préstamos injustos.

Administrador concursal y abogado colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Graduado en Derecho en la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo, donde completó el máster de acceso a la profesión de abogado.
Empezó su carrera profesional en un despacho especializado en derecho civil y de familia en Toledo. Más adelante, accedió como letrado director a una empresa madrileña del sector inmobiliario, donde más adelante pasó a formar parte del área concursal, asesorando a empresas en situación sobreendeudamiento.
Con la publicación de la reforma de la ley concursal, se especializó en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad a favor de las personas físicas en situación de insolvencia, cuya labor principal era conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho de las personas físicas sobreendeudadas.