Nulidad de préstamo rápido suscrito con “Quebueno” por aplicación de intereses usurarios

Traemos un nuevo caso de éxito, nuevamente dirigido contra la empresa NBQ Fund One, S.L. (con nombre comercial ¡Qué bueno!).

Nuestro cliente contrató varios préstamos por internet, de los ya conocidos como microcréditos o préstamos rápidos. El modo de operar que utilizan estas entidades se basa en otorgar préstamos sin prácticamente formalidad alguna, facilitando cantidades no muy elevadas y a devolver en cortos periodos de tiempo.

El problema principal que plantea este tipo de productos es que aplican unos intereses absolutamente desproporcionados, que habitualmente entran en juego cuando no puedes devolver el préstamo en el plazo pactado. Esto implica que, en un breve plazo de tiempo, la deuda se multiplica de forma desorbitada, y como consecuencia la imposibilidad de asumir las cantidades que se reclaman.

Hay que tener en cuenta, además, que las personas que recurren a estos sistemas de financiación, no suelen disponer de una capacidad económica holgada, por lo que la aplicación de intereses usurarios conlleva de forma habitual el sobreendeudamiento del cliente, que se encuentra inmerso al poco tiempo de contratar en una situación desagradable y enfrentándose a un acoso continuo de la entidad prestataria.

Este preciso problema lo tenía uno de nuestros clientes cuando acudió al despacho, que había contratado diversos microcréditos con la empresa NBQ Fund One, S.L. (con nombre comercial ¡Qué bueno!), habiendo pagado todos excepto el último que solicitó, ante la imposibilidad de asumir la cantidad que ahora le reclamaban.

Tras revisar sus contratos, verificamos que se estaban aplicando intereses y comisiones absolutamente desproporcionados, por lo que solicitamos la nulidad de todos los contratos (no únicamente el último o el impagado), con el efecto inherente a dicha declaración.

El cual el juez que examinó nuestro caso declaró la nulidad de todos los contratos suscritos por el cliente (incluso los anteriores que ya habían sido abonados). Esto supuso que nuestro cliente dejó de tener deuda con la entidad, y además pudo recuperar los más de 400 euros que había pagado de intereses y comisiones de forma indebida.

Destacamos que la mayoría de estas entidades que ofrecen créditos rápidos, lo hacen estableciendo unas condiciones contrarias a nuestro ordenamiento jurídico. Esto supone que se puede reclamar la nulidad y únicamente procederá devolver la cantidad que haya sido prestada, y, en consecuencia, el reintegro a favor del cliente de cualquier cantidad satisfecha que exceda de lo percibido.

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Paunero & Jerónimo Abogados