Un cliente de Asturias consigue la exoneración de 72.000 euros de deuda acumulada

Nuevo caso de éxito en nuestro despacho. En esta ocasión, nuestro cliente acudió al despacho al recibir un embargo de uno de sus acreedores.

Aunque en primera instancia su preocupación era únicamente paralizar el embargo que había recibido en su cuenta, tras contactar con nosotros no solo paralizamos la traba de sus bienes, sino que pudo tener conocimiento de la Ley de Segunda Oportunidad, por lo que decidió acogerse a la misma y olvidarse de toda la deuda que tenía acumulada.

Ley de segunda oportunidad en Asturias

Nuestro cliente tenía decenas de préstamos al consumo, conocidos como “micropréstamos o “ microcréditos”, y ya acumulaba una deuda de unos 72.000 euros. Tras la reclamación judicial de uno de los acreedores, nuestro cliente contactó con nosotros para defender sus intereses en el procedimiento.

Para su sorpresa, no solo pudimos defenderle en el procedimiento judicial que le preocupaba, pues fue entonces cuando descubrió la ley de segunda oportunidad y la posibilidad de exoneración del pasivo insatisfecho, posibilidad que le ofrecimos en nuestro despacho tras estudiar su situación económica y comprobar su estado de insolvencia. Este mecanismo, por desgracia para muchos deudores, es comúnmente desconocido, ya que a priori parece imposible que la ley te permita cancelar tus deudas “sin dar nada a cambio”, siempre y cuando reúnas los requisitos y condiciones que exige la normativa en vigor, y que ya hemos explicado en anteriores ocasiones.

La mayoría de nuestros clientes en esta situación, dudan de la veracidad de este mecanismo de segunda oportunidad y no creen que pueda ser una solución al sobreendeudamiento, pero así es, y este post es otro ejemplo de su aplicación.

En este caso, tras valorar su situación y verificar que reunía todos los requisitos necesarios para acogerse a la ley de segunda oportunidad, decidió comenzar con los trámites, a la vez que asumíamos la defensa en el procedimiento de ejecución que uno de sus acreedores había interpuesto en su contra.

Tras ofrecer un acuerdo extrajudicial de pagos a los acreedores, estos ni siquiera contestaron ni acudieron a la citación para negociar los términos del mismo, por lo que fue necesario solicitar la apertura del concurso consecutivo.

Llegados a este punto, y habiendo cumplido todos los requisitos exigidos, solicitamos el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho a favor de nuestro cliente, petición que, una vez más, fue respaldada por el mediador concursal designado. Finalmente, el juez resolvió de conformidad, y como resultado nuestro cliente queda exonerado de pagar un total de 72.000 euros de deuda que acumulaba con decenas de acreedores.

Este ejemplo también demuestra la importancia de contar con el asesoramiento de profesionales que puedan analizar tu situación, pues son los únicos que conocen y pueden ofrecerte la mejor solución.

Paunero & Jerónimo Abogados